Son autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrán conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España, y tendrán una duración de un año. Estas autorizaciones podrán ser:
El arraigo socio-laboral: se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un período mínimo de 2 años y cuenten con oferta laboral.
El arraigo social: se podrá conceder a aquellos ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un período mínimo de 2 años y tengan vínculos familiares de primer grado (cónyuge,
ascendiente y descendiente) en España o que puedan justificar que están integrados
en la sociedad española a través de un informe de la Comunidad Autónoma correspondiente.
El arraigo para la formación es una autorización de residencia temporal por
circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y hayan permanecido de forma continuada durante 2 años, permitiendo la obtención de una autorización para la realización de una formación, supeditando la obtención de la autorización de residencia y trabajo a la superación de ésta y la presentación de un contrato de trabajo.
El arraigo de Segunda Oportunidad: se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan sido titulares de una autorización de residencia que no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y cuya renovación no se hubiera producido por motivos distintos a razones de orden público, seguridad y salud pública. No obstante, será posible solicitarlo si existe sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución de la pena.


5 Comments
Noe
Hola soy nieta de ESPAÑOL.Tengo posibilidad de hacer arraigo ? .Estoy hace 2 años en España.
Muchas gracias.
Ricardo Giorgi
Necesito informacion sobre Arraigo para la formacion
Quintana Abogados
Muchas gracias por tu consulta, Ricardo.
Sentimos no haber podido responder en su momento.
Si todavía necesitas información sobre el arraigo para la formación o sobre las opciones disponibles conforme a la normativa vigente, estaremos encantados de ayudarte.
Un cordial saludo.
Equipo de Quintana Abogados
Martin
Hola buenas tardes, queria solicitar una cita, para realizar una consulta sobre realizar una residiencis por arraigo. Qiedo a la espera de una respuesta.
Los saludo atte.
Martin
Quintana Abogados
Muchas gracias por escribirnos.
Sentimos no haber podido responder en su momento.
Si todavía necesitas asesoramiento sobre tu procedimiento de arraigo estaremos encantados de ayudarte y estudiar tu situación conforme a la normativa vigente.
Un cordial saludo.