La reagrupación familiar es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España.

Cómo acceder a la autorización por reagrupación familiar

Para poder acceder a este tipo de autorización, el familiar residente en España deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido autorización para residir por, al menos, otro año.

reagrupación familiarTambién deberá contar con medios económicos suficientes para poder atender las necesidades de la familia.

Loa familiares que podrán acceder a esta autorización son:

  • Cónyuge o persona con la que el reagrupante mantenga una relación de afectividad análoga a la conyugal.
  • Hijos menores de edad del reagrupante y del cónyuge o pareja, incluidos los adoptados (siempre que la adopción produzca efectos en España)
  • Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración o larga duración-UE, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.

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Testimonios y experiencias

En Quintana Abogados trabajamos cada día junto a personas y familias que llegan desde su país de origen con miedos y dudas respecto a los trámites que tienen que afrontar para sus procesos migratorios y de residencia en España. Con todos nos conecta una gran empatía y sentimos como propios sus logros e historias. He aquí algunos testimonios de las experiencias de quienes pasaron por el despacho. ¡Estaremos encantadas de que te sumes a las reseñas de Google!

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